Jorge Barrientos
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la decisión del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que había declarado la nulidad de la elección en el municipio de Chignahuapan, donde hubo problemas de certeza en la custodia de los paquetes electorales tras episodios de violencia el día de la votación.
La Sala Regional Ciudad de México del TEPJF indicó que el Instituto Electoral del Estado (IEE) sí está en condiciones de realizar el cómputo de los votos, y ordenó que se lleve a cabo en un plazo de 48 horas a partir de la notificación.
El TEPJF señaló que el Tribunal local no debió anular la elección sin antes realizar el cómputo final de los votos, pues sólo así se podría determinar si había elementos para declarar la nulidad de los resultados. En aquellos casos en los que se afectó la cadena de custodia de los paquetes, se deberá reconstruir la votación con base en lo permitido por la ley.
El conflicto surgió luego de que el IEE y el TEEP argumentaron que no había certeza suficiente sobre los votos debido a la falta de control en el traslado de los paquetes electorales, lo que llevó a la anulación de los resultados. Sin embargo, el TEPJF consideró que el cómputo aún es posible y necesario para definir la situación de la elección.
El candidato Juan Lira Maldonado, de Fuerza por México, resultó ganador, según el Programa de Resultados Electorales Preliminares.