Diputado Miguel Trujillo presenta iniciativa para garantizar vivienda digna y arrendamiento asequible para jóvenes

– Durante la sesión ordinaria se presentaron propuestas en materia de salud, bienestar y cultura 

Con el objetivo de avanzar hacia una política que considere a las personas jóvenes y que ello impacte en reducir la exclusión urbana, la informalidad habitacional, el hacinamiento, la dependencia familiar forzada y el desplazamiento hacia periferias sin servicios, el diputado José Miguel Trujillo de Ita presentó una iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Vivienda para el Estado de Puebla. 

La propuesta del diputado precisa que, para promover que los jóvenes tengan acceso a la vivienda se debe fomentar el arrendamiento asequible, a fin de reconocer que el derecho a la vivienda no debe depender exclusivamente de la propiedad, sino de la posibilidad real de habitar un espacio seguro, costeable, bien ubicado y compatible con el proyecto de vida de cada persona. 

En ese sentido, la iniciativa presentada en sesión ordinaria del Congreso contempla fomentar el arrendamiento asequible como solución habitacional complementaria a la adquisición de vivienda, particularmente para las personas jóvenes y para quienes se encuentren en procesos de transición educativa o laboral. 

Además, promover que la vivienda dirigida a personas jóvenes, incluidas la vivienda progresiva y la vivienda en arrendamiento asequible, se ubique preferentemente en cercanía a centros educativos, fuentes de empleo y redes de transporte público; asimismo, procurar la coordinación con la Federación y sus organismos en los esquemas de vivienda en arrendamiento dirigidos a personas jóvenes. 

De la misma forma, el diputado presentó una iniciativa para reformar el artículo 474 Bis y adicionar el artículo 470 Bis al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, con el fin de considerar y sancionar como maltrato, a quien, teniendo un animal bajo su propiedad, posesión, guarda, custodia o cuidado, de manera grave o reiterada omita proporcionarle alimentación o hidratación suficientes, la atención médico-veterinaria que requiera, o condiciones de alojamiento, higiene y resguardo adecuadas conforme a la Ley, y con ello le cause sufrimiento, menoscabo de su salud, lesiones o la muerte. 

Además, a quien se apropie de un animal de compañía, sin el consentimiento de la persona propietaria o cuidadora, se le impondrán de diez meses a dos años de prisión y de 100 a 250 Unidades de Medida y Actualización. Esta misma sanción, se impondrá a quien abandone a un animal de compañía que se encuentre bajo su responsabilidad y cuidado.

Asimismo, el legislador presentó una iniciativa para declarar el 12 de julio de 2026 como “Centenario de la Creación del Municipio de Tepatlaxco de Hidalgo, Puebla”, con el objetivo de conmemorar este hecho. 

Las propuestas del legislador fueron enviadas a la Comisión de Vivienda, a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, y a la Comisión de Cultura, respectivamente, para su estudio y resolución. 

Por su parte, el diputado Miguel Márquez Ríos presentó una iniciativa para modificar la Ley de Seguridad Pública e indicar que la dependencia en la materia deberá coordinarse con la Secretaría de Salud para establecer e implementar procesos periódicos de evaluación de salud mental de las y los integrantes de las instituciones de seguridad pública estatales y municipales, mediante instrumentos clínicos, psicológicos y demás mecanismos previstos en la normatividad aplicable, así como emitir las constancias o certificaciones correspondientes y dar seguimiento a los resultados obtenidos.

La propuesta mediante la cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla fue enviada a la Comisión de Seguridad Pública para su estudio y resolución procedente.

Asimismo, el diputado Jaime Alejandro Aurioles Barroeta presentó una iniciativa para adicionar diversas disposiciones de la Ley de la Juventud, con la finalidad de establecer que las juventudes tienen derecho a recibir una educación financiera integral, accesible, inclusiva y con perspectiva de derechos humanos, que les permita adquirir conocimientos, habilidades y herramientas para la adecuada administración de sus recursos económicos, la toma de decisiones financieras informadas y la construcción de un proyecto de vida sostenible. 

Para lo cual, el Estado y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán acciones, programas, estrategias y mecanismos orientados a fortalecer el bienestar financiero de las juventudes, así como prevenir prácticas que puedan afectar su estabilidad económica. 

La propuesta para adicionar la Sección Décima Primera, los artículos 46 Bis y 46 Ter, al Capítulo Tercero de la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla, fue enviada a la Comisión de Juventud y Deporte para su estudio y resolución procedente. 

La diputada Modesta Delgado Juárez presentó una iniciativa para reformar la Ley de Desarrollo Social, con la finalidad de reconocer que la política de desarrollo social del Estado se sujetará al principio de accesibilidad, el cual se refiere a que los programas, acciones, apoyos y políticas sociales deberán diseñarse, difundirse, ejecutarse y evaluarse, garantizando que la información relacionada con sus objetivos, requisitos, procedimientos, criterios de elegibilidad, plazos, derechos y obligaciones de las personas beneficiarias sea accesible, oportuna, suficiente y comprensible. 

Esta iniciativa, para reformar las fracciones XIII y XIV, y adicionar la fracción XV al artículo 2 Bis de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Puebla, fue enviada a la Comisión de Bienestar para su análisis. 

Como parte del orden del día, el diputado Rosalío Zanatta Vidaurri presentó una iniciativa para modificar la Constitución Política del Estado, con la finalidad de establecer que las leyes se ocuparán de promover el desarrollo y participación de las personas jóvenes, en los ámbitos político, social, económico, deportivo, cultural y cualquier otro que sea necesario para su inclusión y, de manera especial, su incorporación, en el ámbito laboral, en condiciones que garanticen su formación, capacitación y crecimiento.

La propuesta legislativa para reformar las fracciones XV y XVI y adicionar la fracción XVII al artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, fue enviada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su análisis.

Durante la sesión se dio cuenta de los siguientes asuntos: 

-Iniciativa de la diputada Leonela Jazmín Martínez Ayala y del diputado Elías Lozada Ortega para adicionar dos párrafos al artículo 5 de la Ley de Cultura del Estado de Puebla, con el fin de reconocer que toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida cultural de la comunidad, acceder, contribuir y disfrutar de los bienes, servicios, expresiones y manifestaciones culturales existentes en el Estado, sin discriminación alguna y en condiciones de igualdad.

La propuesta legislativa fue enviada a la Comisión de Cultura para su estudio y resolución procedente. 

-Iniciativa de la diputada Azucena Rosas Tapia para modificar la Ley Estatal de Salud, con el propósito de fortalecer la legalidad, la supervisión sanitaria y la transparencia de los Centros de Atención a las Adicciones, e incorporar un enfoque de derechos humanos, trato digno, confidencialidad, prohibición de prácticas coercitivas y condiciones mínimas de atención terapéutica, para que la atención a las adicciones se brinde con calidad, respeto y certeza jurídica, en beneficio de las personas usuarias y de sus familias.

La propuesta mediante la cual se adiciona el Capítulo IX Bis, denominado “De los Centros de Atención a las Adicciones”, al Título Décimo Segundo de la Ley Estatal de Salud fue enviada a la Comisión de Salud para su análisis.

-Iniciativa de la diputada Celia Bonaga Ruiz para adicionar diversas disposiciones de la Ley Estatal del Deporte, mediante la cual se busca fortalecer el marco jurídico estatal para garantizar que ningún deportista poblano sea excluido de una competencia oficial o de un proceso de selección por motivos ajenos a su desempeño deportivo.

La propuesta por la que se adicionan la fracción X al artículo 27 y el artículo 27 Bis a la Ley Estatal del Deporte fue enviada a la Comisión de Juventud y Deporte para su estudio y resolución procedente.

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